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¿LA VENTA REALIZADA POR UNO DE LOS CÓNYUGES DE UN BIEN INMUEBLE QUE TIENE LA CALIDAD DE BIEN SOCIAL ACARREA LA NULIDAD, ANULABILIDAD, RESOLUCIÓN O RESCISIÓN?

¿Qué figura jurídica se aplica frente al acto de disposición, realizada por uno de los cónyuges,  de un bien inmueble que tiene la calidad de bien social?, es decir ¿Qué aplicamos la nulidad,  anulabilidad, resolución o la rescisión?. Nos situaremos en un escenario concreto, para responder desde varias aristas a la interrogante planteada. En ese sentido exponemos la siguiente situación: El 17.03.80 Carlos López Avendaño y Carolina Pérez Rivera se casan bajo el régimen de la sociedad de gananciales, y con fecha 12.08.82 la citada sociedad conyugal adquieren un inmueble ubicado en Av. Caminos del Inca N° 148, Monterrico Sur, Distrito...

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