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CONSTITUCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

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La CONSTITUCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS es un efecto de la manifestación de la autonomía privada; sin embargo, también puede ser un acto de heteronomía privada mediante el cual el Estado las crea, otorgando personalidad jurídica, y regula sus funciones a través de normas para diferentes fines.


La CONSTITUCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS creadas por ley es de tipo declarativo, dado que preexiste a la inscripción, a diferencia del régimen general, y su inscripción es voluntaria.


En ese sentido, el Tribunal Registral ha señalado:

NO OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN. En el caso de las personas jurídicas creadas por Ley, estas gozan de personería jurídica a partir de la ley que las creó. Es decir, no necesitan de la inscripción en el registro respectivo para que tengan existencia y plena eficacia.


La razón de la inscripción son los efectos que en la práctica brindan los registros y su posibilidad de conocimiento para las personas. La duda que se generó es si solo daba mérito de inscripción los casos de Ley emitida por el Congreso o podría crearse mediante otro dispositivo normativo.

¿Cuáles son los tipos de personas jurídicas que existen?

-Empresarios o empresas individuales.

-Formas Jurídicas Asociativas. 

-Sociedad Civil. 

-Sociedades Comerciales.

-Sociedades de Hecho. 

-Sociedades Irregulares.

-Tipos de sociedades comerciales. 

-Entidades Cooperativas.

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