¿Cómo realizar una CONVOCATORIA JUNTA DE ACCIONISTAS?
Para realizar una CONVOCATORIA JUNTA DE ACCIONISTAS la Ley General de Sociedades establece que el presidente del Directorio o el Gerente General deben convocar a la Junta General (sugerimos que revisen el estatuto vigente de su empresa); pero existen situaciones en las que, por ejemplo, que el Directorio no alcanza el quórum suficiente por diferentes razones o que el Gerente General habiendo recibido la solicitud de los accionistas no cumpla con su deber, lo haga de forma defectuosa o no contemple los puntos de agenda solicitados.
Para estos casos, existen dos alternativas: (i) convocatoria notarial; y, (ii) convocatoria judicial; siendo que en ambos casos se deben cumplir con algunos requerimientos básicos que detallo a continuación:
El procedimiento para una CONVOCATORIA JUNTA DE ACCIONISTAS descrito parece ser sencillo, en la práctica no lo es; sugerimos que recurran a nosotros para un análisis más profundo y detallado de su situación puesto que en la convocatoria notarial se enfrenta a la posibilidad de una oposición que sin tener sustento.