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¿NOTARÍAS PUEDEN EXHIBIR TARIFARIO EN HOJA A4 Y CON LETRA PEQUEÑA QUE DIFICULTE LA LECTURA?

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¿NOTARÍAS PUEDEN EXHIBIR TARIFARIO EN HOJA A4 Y CON LETRA PEQUEÑA QUE DIFICULTE LA LECTURA?

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) estableció que las notarías deben exhibir sus tarifarios o listas de precios de forma clara y visible.

 

 

¿Cómo ocurrieron los hechos del caso?

En primera instancia, la denunciante cuestionó que la notaría no exhibió la lista de precios en su zona de atención, es decir, el establecimiento comercial carecía de tarifario de precios. Por su lado, la representante de la notaría sostuvo que la lista de precios se ubicaba al lado derecho del área de atención al público, pero que la denunciante no logró identificarlo.

En el caso se analizó un vídeo del interior del local, en cuyo contenido se visualizaba con poca nitidez unas hojas tamaño A4 en la pared de la notaría. Debido a aquel registro audiovisual, la representante de la notaría sostuvo que se le estaría atribuyendo una responsabilidad de forma indebida.

Tras estudiar los argumentos de ambas partes, el Indecopi multó a la notaría con 2 UIT y le ordenó exhibir la lista de precios en un lugar visible y fácil acceo en su establecimiento. En el documento se precisa que la notaría vulneró el numeral 1 del artículo 5 del Código de Protección al Consumidor.

 

 

Artículo V.- Principios El presente Código se sujeta a los siguientes principios:

  1. Principio de Soberanía del Consumidor.- Las normas de protección al consumidor fomentan las decisiones libres e informadas de los consumidores, a fin de que con sus decisiones orienten el mercado en la mejora de las condiciones de los productos o servicios ofrecidos.

 

 

En su defensa también sostuvo que durante el vídeo que presentó la denunciante no se visualiza a detalle las tres hojas pegadas en la pared del extremo derecho en donde figuran los precios de los servicios prestados por la notaría. 

pese a que no se vio el contenido de las tres (3) hojas pegadas en la pared derecha, las mismas que constituían la lista de precios (conforme alegó en sus descargos), la Comisión concluyó sin motivación ni convicción que no se acreditó que la lista de precios presentada era la que estaba en dicho video, que estuvo colocada el 23 de diciembre de 2019 o en la actualidad; ello, con el afán de perjudicarla;

En ese mismo sentido, la representante de la notaría presentó fotografías para reforzar los vídeos examinados durante el proceso por el Indecopi y cuestionó que en primera instancia se reconociera la falta de nitidez del vídeo, pero se concluyera multarla.

 

 

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