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REGISTRO DE BIENES MUEBLES

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REGISTRO DE BIENES MUEBLES

REGISTRO DE BIENES MUEBLES es una operación llevada por los registradores de la Propiedad y Mercantiles, bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, que tiene por objeto la publicidad de la propiedad y de las cargas y gravámenes sobre bienes muebles, así como las condiciones generales de la contratación.

Al igual que en el Registro de la Propiedad se inscriben los bienes inmuebles, en el Registro de Bienes Muebles se inscriben los contratos sobre bienes muebles.

Este Registro se lleva por el sistema de folio real y soporte electrónico.

Se estructura en seis secciones:

  • Buques y aeronaves.
  • Automóviles y otros vehículos a motor.
  • Maquinaria industrial, establecimientos mercantiles y bienes de equipo.
  • Otras garantías reales.
  • Otros bienes muebles registrales.
  • Registro de condiciones generales de contratación.
  • Buques y aeronaves.
  • Automóviles y otros vehículos a motor.
  • Maquinaria industrial, establecimientos mercantiles y bienes de equipo.
  • Otras garantías reales.
  • Otros bienes muebles registrales.
  • Registro de condiciones generales de contratación.

Dentro de cada una de las secciones se aplica la normativa específica reguladora de los actos o derechos inscribibles que afecten a los bienes

El Registro tambien desempeña una doble función registral:

Función Registral

  1. Como Registro de la Propiedad Mueble:

Se inscriben el dominio y todos los demás derechos reales sobre bienes muebles de perfecta identificabilidad registral como son los buques y aeronaves

  1. Como Registro de cargas y gravámenes:

Se inscriben Derechos y gravámenes registrables como:

  • Anotaciones, embargos
  • Reservas de dominio y prohibiciones de disponer
  • Hipotecas mobiliarias
  • Prendas sin desplazamiento y demás previstos legalmente
  • Sobre bienes muebles registrables como:
  • Vehículos de motor
  • Bienes de consumo
  • Maquinaria industrial
  • Establecimiento industrial
  • Stock
  • Bienes agrícolas y de explotaciones ganaderas y demás previstos legalmente.
  • Sobre ciertos bienes incorporales o derechos registrables:
  • Propiedad industrial e intelectual
  • Los derechos de explotación de películas
  • Las licencias administrativas
  • Los créditos en general.

     

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